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Bonificación Tarifa Transporte Urbano de Viajeros Familias Numerosas de Cáceres | Cáceres (Cáceres)
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Bonificación Tarifa Transporte Urbano de Viajeros Familias Numerosas de Cáceres
23 de Mayo | 11:39 - Redacción | Comentar
Para poder obtener la bonificación de la tarifa aprobada por el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres en sesión plenaria de fecha 17 de abril de 2.019, el usuario/a deberá encontrarse en posesión de una tarjeta individual emitida al efecto por la empresa concesionaria del servicio de transporte urbano. Dicha tarjeta que se denominará “Bono Familia Numerosa General” o “Bono Familia Numerosa Especial”, dependiendo de la categoría reconocida a la familia en cuestión; será personalizada con los datos y fotografía del usuario/a titular y tendrá carácter personal e intransferible. Los titulares de estas tarjetas tendrán las obligaciones en cuanto al estado de uso, validez y conservación, que se exigen para las tarjetas del resto de títulos de transporte urbano de Cáceres en los artículos 9, 10 y 11 del Reglamento de Transporte Colectivo Urbano de Viajeros en Autobús en la Ciudad de Cáceres (B.O.P. de Cáceres nº 132 de 11 de Julio de 2.011).

Las tarjetas Bono Familia Numerosa serán emitidas por la empresa concesionaria del transporte urbano previa solicitud de los miembros de familias numerosas interesados, debiendo aportar con la solicitud la siguiente documentación:

  1. a) Fotocopia del Título o tarjeta individual de Familia Numerosa de la categoría correspondiente en vigor, así como el original del mismo para su cotejo.
  2. b) Certificado emitido por la Secretaría General del Ayuntamiento de Cáceres acreditativo de que la persona que solicita la bonificación de Familia Numerosa se encuentra empadronado en Cáceres. La fecha de emisión del certificado no podrá ser anterior a un mes respecto a la fecha de solicitud.
  3. c) Fotografía reciente tamaño carnet.
  4. d) Fotocopia del DNI del solicitante o documento que reglamentariamente lo sustituya.
La empresa concesionaria, una vez presentada la documentación referida en el punto anterior, emitirá en un plazo no superior a 10 días, la tarjeta Bono Familia Numerosa solicitada por un periodo de validez que no podrá superar la fecha de validez establecida en el título de Familia Numerosa o en la tarjeta individual del solicitante. La emisión de la tarjeta tendrá para el titular el mismo coste que en cada momento tenga la emisión de una tarjeta abono mensual. Una vez emitida la tarjeta, el titular podrá realizar recargas en la misma por un mínimo del importe del precio bonificado de 10 viajes y un máximo del importe de 100 viajes.

Las recargas de los Bonos de Familia Numerosa únicamente podrán realizarse en la Oficina de Atención al Usuario de la empresa concesionaria, en el horario de atención que la misma tenga establecido. Antes de realizar cada recarga, el personal de la empresa concesionaria comprobará que la persona que la solicita cuenta con el título o tarjeta de Familia Numerosa en vigor, para lo que será necesario portar el título o tarjeta referida cuando se solicite la recarga para que se pueda realizar dicha comprobación.

Para realizar consumos o validaciones sobre el Bono Familia Numerosa a bordo de los autobuses, únicamente se exigirá acreditar la identidad de la persona que realiza la validación, que debe ser siempre el titular del Bono y cuya acreditación se realizará mediante la presentación del DNI o documento que lo sustituya reglamentariamente, cuando le sea exigido por el personal de la empresa concesionaria o del Ayuntamiento.

Finalizado el periodo de validez del Bono Familia Numerosa será necesario que las personas beneficiarias del mismo soliciten la renovación aportando la misma documentación actualizada que se detalla en el apartado 2 de estas normas.

La pérdida de la condición de familia numerosa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 45/2015 , de 30 de Marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y la expedición y renovación del título que acredita dicha condición y categoría en la Comunidad Autónoma de Extremadura; supondrá también la finalización de la validez del Bono Familia Numerosa y conllevará la pérdida del derecho a realizar más recargas en las tarjetas cuya validez  haya finalizado.



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