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Convocadas ayudas para la gestión de libros genealógicos y programas de mejora de razas ganaderas autóctonas
9 de Enero | 17:10 - Redacción | Comentar
La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias ha convocado ayudas para la gestión de los libros genealógicos y la realización de los programas de mejora de las razas ganaderas autóctonas españolas. 

Podrán solicitar las citadas ayudas las asociaciones/organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras sin ánimo de lucro que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio para la gestión de los Libros Genealógicos, razas definidas en el artículo 2 del Decreto 80/2016, modificado por Decreto 191/2018, así como aquellas asociaciones de ámbito autonómico reconocidas.

Podrán recibir subvención las actuaciones relacionadas con las tareas propias y necesarias para la gestión y funcionamiento de los libros genealógicos y recibirán ayudas para sufragar, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, los gastos de personal, de locomoción, informáticos, por actuaciones genéticas y difusión de las razas y de electricidad, agua y otros costes generales de los centros u oficinas de trabajo.

La cuantía de las ayudas será del 100%, con un límite máximo de  80.000 euros por asociación u organización.

Por su parte, en el caso de la realización de los programas de mejora, podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones y/u organizaciones de criadores de razas ganaderas autóctonas puras definidas en el artículo 2 del Decreto 81/2016, de 21 de junio, modificado por Decreto 190/2018, de 27 de noviembre, que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, o por la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura para el desarrollo de las pruebas de mejora. También podrán ser beneficiarias las asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de dichas actividades.

Tendrán la consideración de actividades subvencionables las relacionadas con las tareas propias y necesarias para la realización y desarrollo de los programas de mejora. Podrán recibir subvención para pagar gastos de personal, de locomoción, informáticos, por actuaciones genéticas y difusión de las razas, de electricidad, agua y otros generales de los centros u oficinas de trabajo, entre otros.

La cuantía de las ayudas será del 70 % del coste de la actividad, sin superar en ningún momento la cantidad de 60.000 euros por asociación u organización.

El plazo de presentación de solicitudes para estas líneas de ayuda será de 20 días, a partir del 10 de enero.



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