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El Ayuntamiento de Mérida amplia el horario de cierre de verano de los veladores del casco urbano de la localidad | Mérida (Badajoz)
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Las cosas como son. 26 de Abril de 2024
 
El Ayuntamiento de Mérida amplia el horario de cierre de verano de los veladores del casco urbano de la localidad
13 de Junio | 19:28 - Redacción | Comentar

El Ayuntamiento de Mérida amplia el horario de cierre de verano de los veladores del casco urbano de la localidad hasta las 3,00 horas de la madrugada.


Dicha ampliación de horarios comprenderá del 15 de junio al 30 de septiembre en aquellos veladores que cuenten con la licencia de café-concierto y de los bares de categoría especial 'pubs'.

Según ha informado el Ayuntamiento de Mérida en nota de prensa, esta ampliación de horarios se debe a la "gran afluencia" de turistas que llegan a la capital emeritense con motivo del Festival de Teatro, Emerita Lvdica y el Stone & Music Festival.

Así, ha explicado que esta "gran afluencia" de turistas es una "realidad visible" que se incrementa año tras año durante las fechas estivales.

Además, estas fechas desembocan en un ambiente "festivo" de las calles de la ciudad y también propician mayor demanda por los convecinos y visitantes de las terrazas de los establecimientos públicos de restauración como lugar de esparcimiento en las noches de verano.

Desde el Equipo de Gobierno, como ya se llevó a cabo en años anteriores, se pretende facilitar el "lógico" disfrute de las calles de la localidad y sus establecimientos de ocio, siempre y cuando sea conciliable con el "necesario" descanso nocturno de sus vecinos.

Cabe destacar que esta ampliación de horario podrá ser suspendida si se produjeran "quejas justificadas" y no afectaría a toda la ciudad sino a una zona restringida dentro del centro urbano.

Asimismo, esta ampliación excepcional deberá contemplar por parte de los hosteleros y empresarios del sector la responsabilidad del cumplimiento de la Ordenanza municipal de ocupación de vía pública que no ocasione molestias a los vecinos en lo referente a niveles de ruido "máximos" recogidos en ordenanzas y/o normativas estatales o de la comunidad autónoma.

Del mismo modo, los hosteleros procederán a la recogida diaria de residuos que puedan producirse en ella o en sus inmediaciones, así como de los desperfectos que pudiesen ocasionarse en la vía pública ocupada.

Por último, otra de las cuestiones "principales" es que los hosteleros deberán dotar a las terrazas con papeleras o recipientes para que puedan verterse o tirar las servilletas y/o residuos generados durante el disfrute de las mismas.

En caso de incumplimientos por parte de los hosteleros, se procederá de acuerdo con el Artículo 54, 147, 148 y 149 de la Ordenanz



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